¿Se pueden desgravar los gastos notariales de una herencia?

Cuando una persona recibe una herencia, existen muchos gastos a los que debe hacer frente, entre los que se incluyen los impuestos, la notaría, etc. Estos desembolsos se pueden incluir en la declaración de la renta para lograr un resultado que sea más beneficioso para el declarante. Además, muchas personas se preguntan si los gastos de una herencia son deducibles o si desgravan los gastos de notaría y registro. 

Y es que si te enfrentas a la recepción y aceptación de una herencia, debes saber qué gastos puedes deducir y cuáles no, para que en el momento de realizar la declaración de la renta o de pagar impuestos no haya equívocos que tengan graves consecuencias frente a Hacienda. Si es tu caso, sigue leyendo, porque en este artículo te contamos todo lo relacionado con si se pueden desgravar los gastos notariales y de otro tipo de una herencia.

¿Desgravan los gastos de notaría y registro de una herencia?

Como ya hemos citado, recibir una herencia implica gastos de aceptación de la misma, de impuestos, de notaría, de entierro y funeral, etc. Algunos de ellos se pueden incluir en la declaración del IRPF para ayudar a desgravar, pero, ¿desgravan los gastos de notaría y registro de una herencia?

En su declaración del IRPF, los herederos pueden incluir gastos derivados de la herencia. Por ejemplo, los derivados de la enfermedad que ha derivado en el fallecimiento, los del entierro y los del funeral, siempre que estos hayan sido pagados por los herederos. También se pueden deducir los gastos relacionados con juicios o pleitos relacionados con el testamento, en caso de que los hubiera, algo que resulta bastante habitual, ya que  no es extraño que haya litigaciones, impugnaciones del mismo, o incluso que este se declare nulo. 

El resto de gastos, como los de la notaría, no son deducibles, por lo que no se pueden añadir a la declaración de la renta. 

Por lo tanto, estos gastos solo tienen como beneficio que se suman al valor de los bienes. Es decir, si la herencia constituye un bien inmueble, los pagos que se deben realizar al notario, al Registro de la Propiedad o la plusvalía municipal se añaden al valor del inmueble, determinando así el precio de venta del mismo. 

Además, si todos estos gastos se registran se pagarán menos impuestos el día que se proceda a la venta de la vivienda heredada, ya que los gastos que hayan abonado los herederos serán considerados como una reducción del margen de beneficio de los mismos..

En resumen, ante la pregunta de si los gastos de notaría son deducibles, la respuesta es que no, ni los de notaría ni ningún otro derivado de la aceptación de una herencia. Sin embargo, esos gastos se suman al valor del bien heredado, pudiendo venderlo a un precio mayor, algo que resulta beneficioso en el pago de impuestos si dicho bien se vendiera. 

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