Impuestos a pagar por una herencia

Si es la primera vez que recibes una herencia seguramente estarás hecho un lío. A la pérdida del ser querido, y el sufrimiento que ello conlleva, se suma una serie de imprevistos que debes tener en cuenta. Llegado el momento de percibir la herencia vas a necesitar hacer papeleo y pagar impuestos por la herencia, todo con unos plazos preestablecidos. Pero tranquilo, no te preocupes. A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber para poder pasar esta etapa lo más rápido posible.

Pasos previos para obtener una copia del testamento

Hay varias actuaciones que debes llevar a cabo en el momento de percibir una herencia cuando eres heredero de la misma. Lo primero que debes hacer es:

  • Obtener el certificado de defunción: Este certificado se puede obtener por tres vías. De manera presencial, por correo o por Internet. Si lo tramitas de manera presencial deberás acudir al Registro Civil donde está inscrito el fallecimiento de la persona. Para ello deberás aportar su DNI. Normalmente, el tiempo de espera desde que se tramita hasta recibirlo es de 3 a 15 días.
  • Solicitar el certificado de últimas voluntades: El certificado de últimas voluntades sirve para acreditar si la persona que ha fallecido otorgó testamentos y ante qué notario. Para ello se necesita el certificado de defunción. Debe pasar, al menos, 15 días desde el fallecimiento. El mismo puede tramitarse directamente desde la sede electrónica del Ministerio de Justicia, por correo o presencial. El tiempo de espera es de 10 días aproximadamente.
  • Solicitar el contrato del seguro: La empresa aseguradora no tiene la obligación de avisar a los familiares si la persona fallecida tenía seguro de vida, en ese caso son los familiares los que deben preguntarlo para saber si pueden cobrar una indemnización por el fallecimiento.
  • Solicitar el testamento al notario: Una vez tengas el certificado de últimas voluntades deberás acudir al notario para que te dé una copia del mismo —en caso de que el familiar hubiera hecho un testamento—. Este solamente puede ser realizado por los herederos legales.

Pasos posteriores tras obtener el testamento

Es en este punto donde tendremos que comprobar qué viene reflejado en el testamento, si la herencia tiene deudas y quiénes pasarán a co-propiedad de una vivienda (en caso de que haya varios herederos). Así mismo, se deberá que pagar los impuestos por herencia —principalmente habrá que pagar el impuesto de sucesiones— así como otros impuestos sobre herencias y decidir qué es lo que queremos hacer. Si aceptarla y pagar el impuesto de sucesiones mencionado —y el más costoso—, si vender parte de una herencia (antes o después de haberla aceptado), si renunciar a ella, etc.

En este punto, tómate tu tiempo y analiza bien la situación. Actualmente hay varias empresas que se dedican a la compra de partes de herencias, concretamente de la vivienda. Es posible que dependiendo de la situación y relación con el resto de herederos, así como las deudas o la imposibilidad de pagar los impuestos por herencia te convenga más vender parte de una herencia.

Eso sí, debes tener en cuenta que para poder optar a la herencia, debes pagar el impuesto de sucesiones en primer lugar. Actualmente, la normativa permite un máximo de 6 meses para poder pagarlo sin recargos.

Impuestos a pagar por herencia : ¿Qué es el impuesto de sucesiones?

El impuesto de sucesiones o donaciones es un impuesto que debe pagarse obligatoriamente al recibir una herencia. Este impuesto va regulado por cada comunidad autónoma, aunque, por lo general, suele tener unos importes similares. El mismo varía, así mismo, en función del total de la cantidad heredada, aunque también grava las donaciones y las liquidaciones de los seguros de vida.

El importe que se debe pagar por este impuesto va en función de las reducciones a la base imponible —que se aplican sobre el total a heredar— y de la tarifa aplicable, según la cuota íntegra, así como del coeficiente multiplicador, en función del patrimonio preexistente —según estima la Ley 21/2001, de 27 de diciembre—.

Eso sí, siempre debe tributarse en la comunidad donde residía el fallecido, a excepción de las donaciones que se tributan según la regulación de la comunidad autónoma del donatario (quien recibe los bienes).

Reducciones a la base imponible del impuesto sobre herencias

  • Grupo 1: Herederos descendientes y adoptados menores de 21 años: 15.956,87 €, más 3.990,72 por cada año que le falta hasta llegar a 21. Máximo: 47.859,59 €.
  • Grupo 2: Herederos descendientes y adoptados con más de 21 años: 15.956,87 €.
  • Grupo 3: Herederos colaterales de tercer grado: 7.993,46 €.
  • Grupo 4: Herederos colaterales de tercer grado: No hay reducciones.

Tarifa aplicable y coeficiente multiplicador

La cuota tributaria se determinará aplicando a la base liquidable el tipo aplicable que irá desde 7,65% hasta el 34% (en función de la cantidad heredada) y del coeficiente multiplicador, que va en función del patrimonio existente y que va desde 1 al 2,4. Ello las cantidades aparecen reflejadas en la Ley 21/2001, de 27 de diciembre.

La cantidad a pagar del impuesto de sucesiones va en función de la comunidad autónoma, como comentaba, y de la cantidad heredada. Cuanto más heredas, más pagas. Como el impuesto debe ser abonado por el heredero antes de recibir la herencia para poder optar a ella, hay ocasiones que no se disponen de las cantidades suficientes para poder hacer frente al gasto. En estos casos, se suele optar a un préstamo bancario. Aunque si existen muchas complicaciones, hay muchas personas que optan por vender parte de una herencia antes de aceptarla para ahorrarse estos gastos y complicaciones.

Impuestos a pagar en una herencias: impuesto de plusvalía por herencia y otros gastos

El impuesto de plusvalía por herencia es otro impuesto que se debe pagar en el momento de recibir una herencia. Este se conoce como impuesto de plusvalía municipal. Es un impuesto local que grava el incremento de un valor que experimenta un inmueble desde el momento en que se adquirió hasta que se transfiere. Cada municipio estima el valor del mismo.

Otra cifra que se debe pagar es la tasa por del certificado de últimas voluntades, en este caso, la cantidad a pagar es de tan solo 3,78 €.

En PisoAlContado ayudamos a las personas que no pueden hacerse cargo de los distintos impuestos a pagar comprándoles su herencia, especialmente cuando ésta viene acompañada de conflictos familiares o con el resto de herederos.

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